DECISIÓN
En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana: CLAUDIMAR KARINA HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, contra el CENTRO CLINICO DEL CARIBE, C. A., ambas partes plenamente identificadas en autos, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, a los once (11) días del mes de marzo de Dos Mil Catorce. AÑOS: 203º de la Independencia y 155º de la Federación.
La Juez Titular Quinta de Juicio del trabajo.
Abogada ZURIMA ESCO.....