DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por los ciudadanos JOSÉ ELIAS CASTILLO MENDOZA, TOMAS AQUINO LANDAETA MONSALVE, CARLOS ROBERTO OSORIO GONCALVEZ, FRANKLIN LEONARDO SEQUERA JIMENEZ Y JOSÈ MANUEL QUIÑONES GARCES, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V.-8.594.385, V.-8.609.786, V.-15.483.223, V.-16.594.213 y V-10.253.970, respectivamente, contra la entidad de trabajo FERTIVEN OPERACIONES C. A., todos plenamente identificados en autos. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Juicio de Primera Instancia Tanto del Trabaj.....