DECISIÓN
En orden a los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR LA DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, por estar evidentemente prescrita la acción. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por INDEMNIZACION POR ACCIDENTE DE TRABAJO, incoada por el ciudadano: OMAR JOSÈ ALDAMA SALAS, contra la empresa PILOTES PERFORADOS, C. A. y 3.- PARCIALMENTE CON LUGAR la responsabilidad solidaria demandada contra la empresa PETROQUIMICA DE VENEZUELA, S. A.,-PEQUIVEN-., todos plenamente identificados en autos. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Sede Puerto Cabe.....