CONCEPTO TOTAL: Esto hace un total a pagar de CUARENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTICINCO BOLIVARES. (Bs.48.478.125) discriminado de la siguiente manera:
1) Daño Moral articulo 1185 y 1196 del código civil: TREINTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 30.000.000). ASI SE DECLARA
2) INDEMNIZACION: Artículo 33, parágrafo segundo, numeral 3, de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo,(1986) incapacidad parcial permanente, que establece pagar una indemnización equivalente al salario de 3 años contados por días continuos, es decir, 1.095 días X Bs. 16.875 bolívares (salario devengado) arroja la cantidad de DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO Mil CIENTO VEINTICINCO BOLÍVARES (Bs. 18.478.125)
*) Se ordena la corrección monetaria del daño moral, desde la fecha de publicación del presente fallo hasta la ejecución del mismo, mediante un solo experto nombrado por el Tribunal, la cual deberá tomar en cuenta los indi.....