DECISION
En orden a los razonamientos expuestos, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el actor.
PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano JAIME JOEL CHIRIVELLA RODRIGUEZ, contra las Sociedad de Comercio "PLASTICOS Y TERMOPLASTICO" (PLATERMO C.A), y se ordena a ésta última al pago de las cantidades total que resulte de las experticia complementaria del fallo, ordenada.
Queda en estos términos REVOCADA la sentencia recurrida.
Se ordena a la demandada a cancelar los intereses moratorios, de la cantidad que resulte de la experticia complementaria del fallo, causadas desde el mes de Abril del año 2001, hasta la fecha del auto que ordene el cumplimiento voluntario del fallo, caso contrario,.....