II
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Rectificación de Acta de Nacimiento, de la joven Silvana Coromoto Amaya Amaya, solicitada por la abogada Iris Dolores Mendoza, Fiscal Décimo Noveno del Ministerio Público, con competencia en el sistema de Protección del Niño y el Adolescente.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Puerto Cabello, a los veinte (20) días del mes de diciembre del año dos mil siete (2007). Años: 197º de la Independencia y 148° de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo.
La Juez Temporal.,
Abogada MARISOL HID.....