DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano RUMALDO DABITZO MARTINEZ GRATEROL, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.252.244, representado judicialmente por la abogada LOREDANA GREATTI, ut supra identificada, contra la empresa PETROLEOS DE VENEZUELA S.A PDVSA, representada judicialmente por los abogados, ADRIANA RIERA, EMILY ESTHER RODRIGUEZ, MARIA GABRIELA MUJICA, ARACELIS SANCHEZ, GILBERTO CHACON LAYA entre otros, POR ACCIDENTE DE TRABAJO Y PRESTACIONES SOCIALES.
En consecuencia, se ordena a la empresa demandada cancelar al trabajador accidentado la cantidad de VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHO MIL SEISCIE.....