Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano JESUS AÑEZ ROMERO, representado judicialmente por los Abogados SALVADOR TROMP PETIT, NELSON TROMP PETIT y DEYANIRA LA ROSA, contra la
ciudadana IRIS NORBELLA SANCHEZ ADRIAN, representada judicialmente por los Abogados PEDRO ESPINOZA y NITZA ASCANIO GIL, por LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD DE GANANCIALES, integrada por: 1) Una vivienda construida en terrenos del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo ubicada en la urbanización La Victoria, Manzana B-06, casa No. 02, con un valor aproximado de Bs. 8.000.000,00, autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Puerto Cabello, bajo .....