Este Tribunal Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al imputado LEÓN ZAMBRANO JOSÉ ANTONIO, antes identificado, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, bajo la siguiente modalidades establecidas en los ordinales: 3 Presentaciones cada (30) días por ante la oficina del Alguacilzazo de este Circuito Judicial Penal; 6º Prohibición de acercarse a las victimas por si o por terceras personas; y 9º La presentación de dos fotocopias de la cedula de identidad así como dos fotografías tipo carnet. Asimismo se acuerda seguir el procedimiento por vía ordinaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase las actuaciones a la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.