Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la abogada CARMEN CORONADO DURÁN, en su carácter de defensora judicial de la parte demandada, ciudadana SOLEDAD MARÍA SABA DE MIGNINI; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 19 de diciembre de 2018 por el Juzgado Quinto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua Y San Diego De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, que declaró CON LUGAR la demanda de desalojo (vivienda) intentada por la ciudadana ALICIA DEL CARMEN FERNÁNDEZ OLIVA ARIAS contra la ciudadana SOLEDAD MARÍA SABA DE MIGNINI, y en consecuencia, SE ORDENA a la arrendataria hacer en.....