REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 03 de Julio de 2018
208º y 159º
Vista la anterior demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y OBLIGACIÓN DE ENTREGA, presentada por la ciudadana FRANCIS PRAGEDIS ESCOBAR BUENDIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.319.266, debidamente asistida en este acto por los abogados EDMUNDO JOSE VÉLIZ RODRIGUEZ y MARIA FERNANDA MEDINA HERRERA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº V-168.601 y 213.123, respectivamente, en contra de la ciudadana ROSA MANGONE CAMPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.882.972, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, este Juzgado, LA ADMITE A SUSTANCIACIÓN, cuanto ha lugar en derecho se refiere; en consecuencia, se ordena citar a la parte demand.....