En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PERDIDA DE INTERÈS, en la demanda intentada por el ciudadano Moisés Riera Dumith, titular de la cédula de identidad Nº V-2.852.642, actuando en su carácter de representante legal de MOTEL EXCALIBUR, C.A., asistido por la ciudadana Milene Meza, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 42.288, plenamente identificados.