III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por la ciudadana ELEIDA DEL CARMEN TERAN DE BRAVO, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JESÚS DAVID CHACON OROZCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 196.936, contra el ciudadano MARCOS TULIO BRAVO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.723.274. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial, contraído en fecha 04 de marzo de 2005 por ante el Registro Civil de la Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador del estado Carabobo, bajo el acta número treinta y siete (0.....