´´´DISPOSITIVA
Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PROCEDENTE EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado por el Ciudadano CESAR FRANCISCO RIVERO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.466.806, y de este domicilio, mediante su apoderado Judicial Abogada CLAUDIO ANTONIO TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.754, en la demanda que por DECLARACIÓN DE HEREDEROS, fuere incoada por el Ciudadano CESAR FRANCISCO RIVERO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.466.806, y de este domicilio, ello en razón a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y, .....