Se dicta decisiòn en la cual NIEGA LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, realizada por la Defensa Pública de los acusados JHOAN ERNESTO LOPEZ ARMAS , titular de la cédula de identidad N° V- 23.425.287 Y KATIUSKA CAROLINA RAMOS BERNATTE, titular de la cédula de identidad V-26.527.941 todo de conformidad con el Artículo 250 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se mantiene Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad contenida en el artículo 236 del texto adjetivo penal, impuesta en su oportunidad por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de esta Circunscripción. Notifíquese.