En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE en razón del TERRITORIO, para conocer de la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por el ciudadano GENIVER EDUARDO RODRÍGUEZ CALVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.149.481, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio LEONEL EDUARDO MARTÍNEZ JURADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 79576, en contra de la ciudadana MILAGROS DEL VALLE PERERO LUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.142.291. SEGUNDO: SE DECLINA la competencia al.....