En virtud de lo precedentemente expuesto, Juzgado Décimo Primero de Primera instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo con sede en Puerto Cabello,, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre los ciudadanos LUIS HERNAN MELENDEZ MEDINA, LUIS EDUARDO ATENCIO RODELO, BENIGNO JOSE MOTA, AUGUSTO RAFAEL RUIZ NIEVES, , ALEXANDER ACOSTA DELGADO, , LEHOMAR ANTONIO CONSTANTE FERNANDEZ, BERNARDO AGUSTIN LEON RIVAS, CARLOS JOHFRAN FERNANDEZ REYES, Venezolano, Mayor de y las co-demandadas . la ASOCIACION COOPERATIVA MG GLOBAL R.L. y a la Entidad Mercantil AGRI BIENES, C.A., y en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ORDENA a la secretaria los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.
EL JUEZ
ABG: EUSTOQUIO JOSÉ YEPEZ GARCÍA
LA PARTE .....