En conformidad de los aspectos argumentados precedentemente, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente inhibición propuesta por el abogado Omar José Martínez Sulbaran, Juez Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
SEGUNDO: CON LUGAR la inhibición propuesta por el abogado Omar José Martínez Sulbaran, Juez Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, a través de Acta de fecha quince (15) de abril del año dos mil once (2011) referida a su manifestación de abstenerse de actuar en la causa número GP02-R-2011-000105.
TERCERO: SE ORDENA la notificación del Juez inhibido Omar José Martínez Sulbaran, a cargo del Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. DÉJESE.....