En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados Pellegrino Motola y Daniel Alejandro Ojeda Rodríguez,actuandoen su carácter de apoderados judiciales de la entidad demandada, CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL, SA. (CORPOELEC), al verificar esta Alzada, que logró probar los derechos y defensas de los intereses que representa. Así se establece.
DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Jhonny Ramón Tovar Martínez, en su carácter de apoderado judicial de los demandantes, al verificar esta Alzada que no logró acreditar los derechos y defensas de los intereses que representa. Así se establece.
REVOCA la sentencia recurrida, dictada por .....