En mérito a las anteriores consideraciones este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con Sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA y extinguido el proceso contentivo de la solicitud de Exequátur presentada por las abogadas ESTELITA ROMERO Y JUDITH DEUS PALACIOS, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N 48.935 y 151.930 respectivamente, actuando en representación del ciudadano JUAN FERNANDO ÁLVAREZ RODRÍGUEZ, antes identificado, de la Sentencia de Divorcio dictada POR LA NOTARIA DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ RUBÉN DARÍO ACOSTA GONZÁLEZ. ESCRITURAS N° 516 Y N° 634. SIENDO FIRME CON FECHA 8 DE MARZO DE 2016. ASÍ SE DECIDE