Por lo antes expuesto, visto que en el presente tramite, durante la oportunidad fijada por este Tribunal para el traslado, se pudo constar la ocupación y existencia física de bienhechurias agrícolas, y en atención al contenido de las declaraciones emitidas por los testigos evacuados, este Tribunal en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de POSESIÓN TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor de la Sociedad de Comercio "AGROPECUARIA LUCHI", C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Estado Carabobo, en fecha 16 de Diciembre de 2010, bajo el Nº 53, Tomo 158-A, Expediente Nº 315-11343, y sus posteriores Actas de Asambleas de fechas 21 de Marzo del 2011, inserta bajo el Nº 23, Tomo 38-A, de fechas 10 de Julio del 2013, inserta bajo el Nº 24, Tomo 138-A, de fecha 27 de Noviembre del 2013, inserta bajo el Nº 46, Tomo 263-A, de fecha 09 de Diciembre del 201.....