DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajó de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la apelación de la parte accionada.
Se decreta la NULIDAD de todo lo actuado, a partir del folio 57 al folio 70, ambos inclusive, del presente expediente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los días 29 del mes de Septiembre del año 2010. Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-