En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado FRANCISCO ANTONIO GONZALEZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 156.090, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos JOHANSSON GALVETTY BARROZO, GEOVANNY QUINTERO ESTRADA y ALAYN ALFREDO YEGRES respectivamente. Así se establece.
SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 29 de abril de 2014, que declaró SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos JOHANSSON GALVETTY BARROZO, GEOVANNY QUINTERO ESTRADA y ALAYN ALFREDO YEGRES respectivamente contra SINOHYDRO VEN.....