Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos Jesús Alberto Ríos Henríquez y Norielys Gabriela Gómez Oviedo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 24.498.884 y V.- 17.823.096 respectivamente, asistidos por la abogada Isiomar Henríquez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No 191.688
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Jesús Alberto Ríos Henríquez y Norielys Gabriela Gómez Oviedo, en fecha 07 de octubre de 2016, por ante Oficina de Registro Civil de la Parroquia Unión, Municipio Puerto .....