DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, Declara LA PRESCRIPCION DE LA PRETENSION, interpuesta por los ciudadanos JOSE JIMENEZ, MARCO ESCOBAR; ALCIDES ALVARADO; OSCAR DIAZ; TEOFILO ORTEGA; WILFREDO BRITO; TULIO ENRIQUE VARGAS; FELIX MIJARES; JOSÈ RIVAS Y JOSÈ LUGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 10.254.136, 8.597.310, 4.557.837, 7.158.748, 3.137.242, 3.307.529, 10.245.615, 8.594.901, 8.018.198 y 8.607.456 respectivamente, en contra de la empresa VOPAK VENEZUELA .C.A; y al mismo tiempo LA PROCEDENCIA DEL PAGO DE BONO UNICO ESPECIAL ut supra especificado, en consecuencia declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los litisconsortes.....