En merito de las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello y Juan José Mora, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Miguel Palermo Lira contra la Providencia Administrativa de fecha 29 de Septiembre de 2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Estado Carabobo.; En consecuencia se confirma la decisión contenida en auto de fecha 29-Septiembre-2016. expediente Nº 049-2016-01-00925
Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión en el Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de juicio del Trabajo de .....