Por los fundamentos de hecho y de derecho establecidos, configurados perfectamente en el presente caso, esto es, la falta de presentación en la oportunidad procesal correspondiente del escrito de formalización del Recurso de Apelación ejercido, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Carabobo, sede Valencia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERECIDO EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el ciudadano VÍCTOR JULIO LEGGIO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-7.146.864, debidamente asistido por la abogada Amariliz Carvajal, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 31.297, en contra de la sentencia dictada en fecha 19 de Julio de 2017, por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de esta Circunscripción Judicial,.....