DISPOSITIVA
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo sede Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los codemandantes ciudadanos, JAVIER MOTA ORTEGA y YOLANDA GALVIS CADENA, titulares de las cedulas de identidad Nº 13.850.556 y 14.802.885 respectivamente, contra la entidad de trabajo TOYO ENGEENIERING CORPORATION.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, Firmada y sellada en la sala de despacho del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, SEDE PUERTO CABELLO. En Puerto Cabello, a los veintinueve (29) días del mes de julio de dos mil quince (2015).
Dr. ALFREDO CALATRAVA SANTANA
JUEZ CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO.
ABG. DANILY AL.....