En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con sede en Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
• DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 13 de marzo de 2014, por el abogado DANIEL HELDEN CALDERA, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, Entidad Mercantil ASESORIA, SUPERVISIÓN Y DESCARGA (A.S.D) C.A., alzándose contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Puerto Cabello, de fecha 06 de marzo de 2014, la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por los ciudadanos ALEXI RAFAEL FRANCO MEDINA, SIQUIRA YURUMA ARQUEZ PARRA, ISRRAEL FERNANDO CASTILLO, MARISOL PARRA CAMPOS, MARIO RICARDO FRONTADO MARCANO, SUISBER VILLASMIL RIVAS y OSWALDO BRICEÑO, por cobro de salarios retenidos, diferencia en .....