DECISIÓN
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho que han quedado expresados en esta decisión, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declinar la competencia de la presente causa en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central, con sede en esta ciudad, al cual se ordena remitir una vez que quede firme la presente decisión.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por tratarse de la naturaleza del mismo.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, el día miércoles 29 de julio de 2009.
LA JUEZ ,
ABG. CAROLA DE LA TRINIDAD RANGEL.
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