En base a los anteriores razonamientos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 4 del Circuito Judicial de Carabobo, NIEGA, por improcedente la solicitud de la defensa del penado WILFREDO GREGORIO PERAZA, de que se le tramite la Redención Parcial de la Pena. Notífíquese a la defensa, al Fiscal de Penas del Ministerio Público, y al Penado a través del director del Internado Judicial de Carabobo. Líbrense las respectivas boletas de notificación. Cúmplase.