Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA intentada por la Sociedad Mercantil SERVICIO DE AGUAS NEGRAS ESTANCADAS, COMPAÑÍA ANÓNIMA (SERVIDANE, C.A.), y el ciudadano GIOVANNI LORENZON CARLETTO, por DAÑOS MATERIALES Y MORALES contra la Sociedad Mercantil INDUSTRIA VENEZOLANA DE SANEAMIENTO INVESA, C.A., y el ciudadano GERARDO JOSÉ RAMÍREZ PARRA, todos debidamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante en la presente causa, por haber resultado totalmente vencida en la presente causa.
De conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes de la presente decisión.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firm.....