En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la Republica de Venezuela y por autoridad de la Ley:
Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS FELIPE TOVAR RAMONES, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CELIO RAMON PARADA RAMIREZ. Y así se decide.
Confirma la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 09 de febrero de 2011, que declaró sin lugar la demanda planteada por el ciudadano CELIO RAMON PARADA RAMIREZ, contra la entidad mercantil CARIBBEAN FOOD C.A., de las características que constan en autos- por cobro de prestaciones sociales, e impugnada mediante recurso de apelación. Y así se decide.
Ratifica SIN LUGAR la deman.....