Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niños, Niñas y de Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 05 de noviembre del 2008, por el abogado ERICK BARRIOS VANEGAS, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano DAVID ARMANDO TREMARIAS, contra el auto dictado el 04 de noviembre del 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad.- SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE el auto dictado el 04 de noviembre de 2008, por el Juzgado "a-quo"; con relación a la prueba contenida en el Capítulo Tercero, del escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado ERIK BARRIOS VENEGAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada.....