En atención a los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Valencia, en estricto apego a los valores de la sana crítica recogida en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal y con fundamento en los contenidos normativos inscritos en los artículos 13, 365, 366 y 367 ejusdem, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos PRIMERO: Se declara CULPABLE al ciudadano JOSE NEPTALÍ BASTIDAS, venezolano, natural de Trujillo, de 60 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº 5.496.820 y residenciado en el barrio Las Mangas, casa Nº 25, Mariara-estado Carabobo, por la comisión del delito de Violencia Física Agravada, prev.....