Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, deja ejecutado el computo de la sentencia, dictada por el Tribunal SUPREMO DE JUSTICIA en sala de casación penal de fecha 21 de abril del 2004. , por el delito de Trafico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley sobre sustancias estupefacientes y psicotrópicas las penas accesorias a la de prisión articulo 13 y lo exonera en costas, se exhortan a la mismo a trabajar y estudiar a los fines de redimir la pena para lograr beneficio correspondiente una vez cumplida la mitad de la misma es decir 5 años. Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Ejecución a los veintiocho días del mes de JUNIO del dos mil cuatro (2004). Líbrese boleta de TRASLADO a fin de imponer al penado AURA ROSA ALVAREZ de la ejecución de la pena impuesta .Notifíquese a.....