Atendiendo al llamado del tribunal en el sentido de convenir una formula transaccional para dar por terminadas todas y cada una de sus partes la reclamación suficientemente identificada en este documento, sin que ello signifique en modo alguno que LA DEMANDADA, acepte los alegatos y reclamaciones de EL DEMANTE, ni que EL DEMANDANTE acepte los argumentos de LA DEMANDADA, y así mismo, en el interés común de las partes de evitar todo litigio, juicio o controversia, sobre derechos que se causaron o pudieron causar con motivo u ocasión de las relaciones que existieron o pudieron existir entre las partes y su terminación: y haciéndose reciprocas concesiones, las partes convienen en fijar, con carácter transaccional, como monto definitivo de todos y cada uno de los conceptos que le corresponden y/o puedan corresponder a EL DEMANDANTE, contra LA DEMANDADA, la suma de SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL DE BOLIVARES(Bs.7.000.000.00,), que abarca cualquier concepto que le pudies.....