REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 28 de Marzo de 2017
206º y 158º
Vista la diligencia del 27/03/2017, presentada por la abogada Cindy Campos, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 135.446, actuando con el carácter de apoderada judicial de el ciudadano FERNANDO JOSE PEÑA CONTRERAS, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 9.715.953, en la cual señala que debe incluirse en el decreto de la solicitud de perpetua memoria (titulo supletorio) la medida correspondiente el lote Nº 2, señalado en la autorización emanada por el organismo administrativo (I.N.T.I); éste Tribunal hace del conocimiento al solicitante que la referida solicitud fue tramitada por el lote Nº 1; el cual fue señalado taxativamente en el escrito de solicitud; lo que indica que este juzgado no tiene materia sobre la cual providenciar. Es todo.
El Juez
Abg. JOSÉ GREGOR.....