En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados RAMONA DEL CARMEN FERNANDEZ RIGAUD e IVAN JOSE SIMANCAS PADILLA, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandante, ciudadano JESUS MARIA MORALES PEREIRA. Así se establece.
REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Decimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, de fecha 23 de abril de 2013, mediante la cual declara inadmisible la demanda intentada.
REPONE la causa al estado de que el Juez Decimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Laboral de Puerto Cabello aplique el d.....