, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDA la demanda de INTIMACIÓN DE HONORARIOS, incoado por BRIGIDO A GONZALEZ MARTÍ, titular de las Cédula de Identidad N° 10.245.593, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.839, en contra de TRANSPORTE LORENZO C.A; TRANPORTE SADA C.A; MESERTA S.R.L, INVERSORA Y SERVICIOS INVERSI S.R.L; SERVICIOS MARIA GERÓNIMA S.R.L y TRANSPORTE CALIDAD C.A., por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES. En consecuencia la presente homologación tiene efecto de cosa Juzgada.