DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la  República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO    el recurso de apelación ejercido por la parte actora. 
SEGUNDO: CON LUGAR la apelación de la parte demandada.
TERCERO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 10 de diciembre de 2007  por el Juzgado  Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo  de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo y en consecuencia, SIN LUGAR la demanda por cobro de  diferencia de horas extras laboradas y beneficio de transporte,  incoada por los ciudadanos JOSÉ CASTILLO, PEDRO ORASMA y JORGE OJEDA, ya identificados,  contra la empresa INDUSTRIAS DIANA C.A.