Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en sede Constitucional; por autoridad de la Ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la ciudadana YAMILEX ELIZABETH DELGADO RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.078.807, de este domicilio., asistido del abogado JESUS RAFAEL MONTANER RIERA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-3.897.027, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 61.653, de este domicilio, contra los presuntos agraviantes YOLEIDA DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.338.412, y el ciudadano JOSE ALEXANDER ESCORIHUELA, titular de la cedula de identidad Nro.12.606.153 domiciliados en la Urban.....