Este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio, interpuesta por los ciudadanos JUAN LUIS SUAREZ CHAVEZ Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-13.094.058 y la ciudadana BARBARA MALYURI HERMOSO Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 13.890.036, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde fecha 14 de Septiembre del 1998, cuando contrajeron matrimonio ante el Registro Civil de la Parroquia San Blas, El Socorro y Catedral, Municipio Valencia del estado Carabobo, Así se Decide.