DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la parte accionada.
SIN LUGAR la acción incoada por el ciudadano JEN MICHELL GRIMAN AYALA contra la Sociedad de Comercio "LICORERÌA Q`LICORES", C.A.
En estos términos queda REVOCADA la sentencia recurrida.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la acción propuesta.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los veintiséis (26) días del mes de Septiembre del año 2007. Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.