Este Juzgado del Municipio Montalbán de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Divorcio 185-A, formulada por los Ciudadanos: ANICETO LANDAETA Y CARMEN AIDEE DUQUE DUQUE, Titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-4.865.620 y V-3.619.039, asistidos por el abogado en ejercicio: EUCLIDES MISAEL RUIDO RUIDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.16.236, y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía desde el día catorce (14) del mes de septiembre del año 1991, fecha en la cual contrajeron Matrimonio Civil por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Valencia, Parroquia Santa Rosa de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Acta Nº 556.
En cuanto a hijos, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los hijos que procrearon lo.....