Seguidamente el Tribunal visto que no fueron presentados los pagos de los cánones de arrendamiento ni consignación alguna por la parte demandada, el tribunal acuerda continuar con la ejecución de la medida, declarando cumplida su misión, libera a la depositaria judicial designada, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 1:00 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.