Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: INCOMPETENTE EN RAZON DE LA CUANTIA, para conocer de la presente demanda que por NULIDAD DE VENTA, intentará la ciudadana MARTA GABRIELA HERNANDEZ VALDESPINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.849.134, y de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MARIA ISELA SERRANO MATEHUS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.1325; en contra de los ciudadanos JOSE FERNANDO VEGUETT CHACON y JOSE GREGORIO LUCENA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad N° (s) V-8.593.950 y V-10.853.950, respectivamente y de este domicilio. SEGUND.....