DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el demandante.
SEGUNDO: Con lugar la apelación interpuesta por la parte demandada.
TERCERO: Se revoca la sentencia dictada en fecha 27 de noviembre de 2009, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; en consecuencia, sin lugar la demanda incoada por el ciudadano CARLOS AUGUSTO CASTAÑEDA., contra la empresa COMERCIALIZADORA SNACKS, S.R.L., y solidariamente contra la empresa SNACKS AMÉRICA LATINA VENEZUELA, S.R.L.
De conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal Trabajo no hay condena en costas.