como consecuencia de la persistencia en el despido del Trabajador procede a cancelar los siguientes montos: 1.- LA SUMA DE VEINTINUEVE MILLONES CUATROSCIENTOS DIECISÉIS MIOL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON DIECISIETE CÉNTIMOS (Bs.- 29.416.559,17), mediante instrumento cambiario girado contra la entidad bancaria BANCO PROVINCIAL, signado con el Nº 04730630, de fecha 01/12/2006, contra la cuenta corriente correspondiente a la empresa PAPELES VENEZOLANOS, C.A; por concepto de la indemnización establecida en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo y por los demás conceptos derivados de la relación de trabajo (Prestaciones Sociales). 2.- LA SUMA DE UN MILLÓN SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO BOLÍVARES CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 1.064.168,36), mediante instrumento cambiario girado contra la entidad bancaria BANCO PROVINCIAL, signado con el Nº 00008403, de fecha 25/01/2007, contra la cuenta corriente correspondiente a la CAJA DE AHORROS-TRABAJADORES DE PAPELE.....