En consecuencia, el dispositivo de la sentencia objeto de la presente solicitud queda expresado en los siguientes terminos:
" PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por la demandada.
SEGUNDO: Se revoca la sentencia de fecha 21 de junio de 2010, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; en consecuencia, sin lugar la demanda incoada por el ciudadano JESUS ALEXANDER PÉREZ VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 13.220.163, contra las empresas COMERCIALIZADORA SNACKS, S.R.L., y SNACKS AMÉRICA LATINA VENEZUELA, S.R.L. Y así se declara."
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la corrección a la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha 18 de noviembre del año 2010, solicit.....